Reglamento

El Reglamento de la Corte es un reglamento moderno, inspirado en el principio de autonomía de la voluntad de las partes. Éstas disponen de amplias posibilidades para diseñar el procedimiento ajustándose a las circunstancias de cada caso. El Reglamento incluye un procedimiento abreviado para casos de menor cuantía y un procedimiento de árbitro de emergencia.

A los arbitrajes iniciados a partir del 01 de septiembre de 2020 se les aplica el Reglamento de 2020. A los iniciados anteriormente, se les aplica el Reglamento de 2015. Los cambios reglamentarios introducidos en 2020 –mejoras técnicas al Reglamento de 2015, inspiradas en el Reglamento del Centro Internacional de Arbitraje de Madrid, aprobado el 29 de noviembre de 2019– se resumen aquí.

El artículo 2.6 del Reglamento establece lo siguiente: “En aquellos puntos de este Reglamento en los que se hace referencia a que la Corte podrá o deberá tomar una decisión o realizar un determinado acto, esa remisión debe entenderse en el sentido de que podrá o deberá tomar la decisión o realizar el acto de que se trate el órgano de la Corte que su Pleno designe.” Esa asignación se detalla en las Reglas de distribución de competencias entre los órganos de la Corte.