-
De acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 del Reglamento: “Corresponderá a la Corte la fijación de la cuantía del procedimiento teniendo en consideración las pretensiones reclamadas en cada arbitraje, el interés económico de éste y su complejidad. La Corte fijará el importe de la provisión de fondos para las costas del arbitraje, incluidos los impuestos que les sean de aplicación.” En el ejercicio de esa función de fijación de la cuantía del procedimiento, la Corte seguirá las pautas que se explican en la siguiente Nota. -
El número de cuenta corriente de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid donde pueden hacer efectivo el pago es: - La Caixa C.C.C: ES63 2100-3059-92-2200893526
C/ Ortega y Gasset, 47 28006 Madrid DESDE EL EXTRANJERO: IBAN- ES63+ Nº DE CUENTA SWIFT- CAIXESBB | |