Estatutos de la Corte
Estatutos de la Corte de Arbitraje de Madrid
(en vigor desde el 12 de octubre de 2018) |
ESTATUTOS
ARTÍCULO 5º
1. El Pleno de la Corte (el “Pleno”) contará con un máximo de 13 miembros. Formarán parte, como miembros natos, el Presidente y Secretario General de la Corte, que actuarán como Presidente y Secretario del Pleno, y el Presidente y el Director Gerente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid. El resto de los miembros serán designados por el Pleno de la Cámara por periodos renovables de cuatro años entre personalidades del mundo empresarial y jurídico, asegurándose en todo caso que los representantes del mundo empresarial junto con los miembros natos del Pleno sean mayoría. Los representantes del mundo jurídico serán designados atendiendo a su prestigio, conocimiento y experiencia en materia de arbitraje comercial. En tanto en cuanto no se produzca la renovación, los miembros designados por el Pleno de la Cámara continuarán en el ejercicio de su cargo. 2. El Presidente de la Corte será nombrado por el Pleno de la Cámara por periodos de cuatro años, pudiendo ser reelegido. 3. El cargo de Secretario General de la Corte será desempeñado por el Letrado Jefe de la Corte, si lo hubiere, y en su defecto, por quien designe el Pleno de la Corte a propuesta del Presidente de la Corte.