Estatutos de la Corte
Estatutos de la Corte de Arbitraje de Madrid
(en vigor desde el 12 de octubre de 2018) |
ESTATUTOS
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ARTÍCULO 4º
1. La Corte elaborará un modelo de convenio arbitral tipo (el “Convenio Tipo”), sin perjuicio del que voluntariamente pueda ser adoptado por las partes. 2. Cuando por la utilización de este Convenio Tipo, o de cualquier otro, las partes dispongan que la realización del arbitraje se llevará a cabo en el marco de la Corte, será de aplicación el Reglamento, salvo que resulte de aplicación lo previsto en el Artículo 3º.